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Propiedad exenta frente a propiedad no exenta bajo el Capítulo 7 Quiebra en Fort Lauderdale
Propiedad exenta frente a propiedad no exenta bajo el Capítulo 7 Quiebra en Ft Lauderdale
Las personas que se declaran en bancarrota buscan protección de sus acreedores por las deudas contraídas. La Constitución de los Estados Unidos otorga este poder al gobierno federal, y el gobierno federal ha establecido Tribunales de Quiebras de los Estados Unidos para manejar los procedimientos de bancarrota en todo el país. Cuando una persona solicita protección por bancarrota, puede esperar tener que entregar una porción considerable de su propiedad a un estado de bancarrota. Un fideicomisario de bancarrota administra este patrimonio de bancarrota, vendiendo propiedades para recaudar dinero para pagar a los acreedores de un deudor.
Sin embargo, un deudor concursal no necesariamente tiene que entregar todo al estado concursal. En un caso de liquidación del Capítulo 7, el deudor tiene que entregar cierta propiedad al fideicomisario concursal. Los deudores, ya sean empresas o individuos, a menudo están justamente preocupados por qué propiedad se les permitirá conservar y qué deben renunciar.
Cómo funciona el Capítulo 7 Exenciónde Bancarrota
La ley de ankruptcy de Ft Lauderdale bpermite a los deudores mantener una cierta cantidad de propiedad después de pasar por un proceso de bancarrota. Esto se llama “propiedad exenta” – está exento de la propiedad concursal. La propiedad que no puede ser eximida se denomina, apropiadamente, propiedad “no exenta”. Generalmente, un deudor concursal puede eximir una cierta cantidad de su propiedad durante la bancarrota. Si se hace bien, esto potencialmente puede salvar la mayor parte de la propiedad de alguien que pasa por bancarrota.
La propiedad que está exenta generalmente se puede llamar las “necesidades de la vida moderna”. Esto generalmente incluye el tipo de elementos que son necesarios para vivir y trabajar. La ley de bancarrota está preocupada por sacar a los deudores de la deuda aplastante y ponerlos de nuevo en pie. Tomar todo de ellos es contraproducente, y la ley de bancarrota reconoce este hecho. La propiedad no exenta generalmente cubre los artículos que quedan fuera de las necesidades para vivir y trabajar.
Las sentencias judiciales y la experiencia en prácticas generales han establecido una idea general de qué tipos de bienes están exentos y no exentos. A continuación se muestran ejemplos de bienes que un deudor del Capítulo 7 generalmente tendrá que renunciar (propiedad no exenta”), y bienes que el deudor normalmente puede mantener (“propiedad exenta”).
Capítulo 7 Propiedad concursal que no está exenta
Los artículos que el deudor generalmente tiene que renunciar incluyen:
- Instrumentos musicales caros, a menos que el deudor sea un músico profesional
- Colecciones de sellos, monedas y otros objetos valiosos
- Reliquias familiares
- Efectivo, cuentas bancarias, acciones, bonos y otras inversiones que no se pueden proteger
- Un segundo carro o camión
- Una segunda casa o casa de vacaciones
Propiedad que está exenta
La propiedad exenta (artículos que un deudor normalmente puede conservar) puede incluir:
- Vehículos de motor, hasta un cierto valor
- Ropa razonablemente necesaria
- Artículos y muebles para el hogar razonablemente necesarios
- Electrodomésticos
- Joyería, hasta un cierto valor
- Pensiones
- Una parte del capital en la casa del deudor
- Herramientas del comercio o profesión del deudor, hasta un cierto valor.
- Una porción de los salarios no pagados pero ganados
- Las prestaciones públicas, incluida la asistencia pública (bienestar), la seguridad social y la compensación por desempleo, se acumularon en una cuenta bancaria